LAS COOPERATIVAS AGROALIMENTARIAS DEBEN SOPORTAR EL DESAJUSTE
La Federación de Cooperativas Agrarias de la Región de Murcia (Fecoam) reclama que se aceleren al máximo las compensaciones del IVA para no perjudicar al sector agropecuario. Las cooperativas agroalimentarias deben de soportar el desajuste que se produce entre lo que entregan como compensación en las adquisiciones a sus socios (12%), y lo que recaudan en sus ventas (4%), o cero en el caso de las exportaciones.
La organización se lamenta de que la Agencia Tributaria, pese a que dispone de un tiempo holgado para proceder a estas devoluciones, no las realiza con celeridad, por lo que se ‘asfixia’ a unas empresas que ya tienen que enfrentarse a la falta de crédito financiero, a una competencia cada vez más feroz de terceros países y a unos costes de producción que se incrementan día a día.
En el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad se adoptaron, entre otras, diversas decisiones que afectaban al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Concretamente, se incrementó el tipo general del 18 al 21%, y el tipo reducido del 8 al 10. Por el contrario, el tipo superreducido, que se aplica a artículos de primera necesidad como son los alimentarios (pan, frutas, verduras, hortalizas, leche, quesos, huevos,…), se mantuvo en el 4%.
El mismo decreto modificó también la Ley del IVA, respecto al porcentaje de compensación a tanto alzado que perciben los productores acogidos al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca cuando entregan sus productos a sus adquirentes, como es el caso habitual de las cooperativas agrarias.
Los agricultores acogidos a este régimen, en cuanto no hacen declaración del impuesto y soportan el IVA de los bienes y servicios que adquieren (gasóleo, electricidad, fertilizantes, maquinaria, etc.), reciben una compensación de dicho IVA soportado cuando se les compran sus productos. A diferencia del tipo superreducido que mantiene una parte importante de sus productos, el porcentaje de compensación con esta última reforma ha subido del 10 al 12% para productos y servicios agrícolas, y del 8,5 al 10,5% para los ganaderos.
Las cooperativas agrarias que adquieren frutas u hortalizas de sus socios tienen que soportar un importante desajuste entre el tipo superreducido del 4% (en el caso de las exportaciones es 0%), que estas empresas aplicarán en sus ventas, con respecto al 12% con que compensan a sus agricultores. Las cooperativas recuperarán esa diferencia cuando presentan sus liquidaciones a Hacienda. Sin embargo, si la Administración Tributaria se retrasa en el pago de estos importes adelantados de IVA, el coste financiero para las empresas puede ser enorme por la diferencia que se produce entre el 4 y 12%.